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¿Qué es el Registro Sanitario y cómo puedo obtenerlo?

Registro Sanitario

Cuando vendemos productos alimenticios es muy importante contar con Registro Sanitario. Se trata de una autorización para que nuestros productos puedan ser comercializados según las normas y la ley en todo el territorio nacional.

Además, el Registro Sanitario también le da la posibilidad al empresario de importar alimentos y bebidas que provengan de otros países.

Por eso, este trámite es fundamental, ya que con él podemos ofrecer confianza a nuestros clientes, nos permite ingresar a supermercados o a tiendas especializadas de venta de alimentos, y por supuesto, no tendremos problemas con las autoridades reguladoras; es decir, multas y/o decomisos.

En este artículo queremos contarte más sobre el Registro Sanitario, su importancia y cómo puedes iniciar los trámites para obtenerlo, así como todo lo que necesitas para conseguirlo.

¿Qué tengo que conocer sobre el Registro Sanitario?

El Registro Sanitario es expedido en el Perú por la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA). 

Según el Art. 102 del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de los Alimentos y Bebidas aprobado por el D.S. 007-98-SA, deben solicitar el Registro Sanitario todos los alimentos y bebidas que sean industrializados. Por ejemplo:

  • Productos lácteos o derivados.
  • Galletas o similares.
  • Chocolate o productos basados en chocolate.
  • Aceite.
  • Golosinas.
  • Bebidas en general.
  • Embutidos.
  • Pan de molde.
  • Vino.
  • Cerveza.
  • Pisco.

Es necesario conocer que no todos los productos alimenticios necesitan de Registro Sanitario vigente, aunque eso no quiere decir que no tengan otras regulaciones.

Los productos que no necesitan Registro Sanitario vigente por la DIGESA son:

  • Productos de procesamiento primario: vegetales, frutas.
  • Productos pesqueros y acuícolas.
  • Productos con propiedad de salud: productos de dieta, herbarios, entre otros.

También es necesario conocer que, según el Art. 104 del Reglamento sobre Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas aprobado por D.S. -007 -98 – SA, el Registro Sanitario se obtiene de dos maneras: por producto o grupo de productos y fabricante. 

Se considera como un grupo de productos a aquellos elaborados por un mismo fabricante, los cuales deben tener la misma composición cualitativa de ingredientes básicos. Es decir, que cuentan con un ingrediente que identifica al grupo y que comparten los mismos aditivos alimentarios. 

¿Qué tengo que conocer sobre el trámite de Registro Sanitario?

Antes de iniciar el trámite de Registro Sanitario, es importante saber que solo es posible ingresar un producto o grupo de productos por expediente. Luego de tener esto claro, los pasos son los siguientes:

  1. Obtener o contar con Clave Sol (SUNAT).
  2. Expediente inicial del trámite y declaración jurada para el Registro Sanitario:
    1. Se consignan los datos más importantes del producto:
      1. Nombre que refleje la verdadera naturaleza del producto.
      1. Nombre comercial del producto.
      1. Marca del producto.
      1. Vida útil del producto.
      1. Condiciones de conservación del producto.
      1. Identificación del lote para que el producto pueda ser rastreado y decodificado.
      1. Relación de ingredientes y aditivos.
  3. La DIGESA verificará la veracidad de datos ingresados sobre el producto y confirmará:
    1. Que todos los ingredientes con los que cuenta el producto deben ser de grado alimentario.
    1. Que el nombre del producto refleje la naturaleza verdadera del producto.
    1. Que los ingredientes y aditivos cumplan con el Reglamento sobre Vigilancia y Control de Alimentos y Bebidas.
  4. Además de los datos consignados, deben añadirse resultados de análisis microbiológicos. Existen dos opciones:
    1. Que el resultado sea emitido por el laboratorio de control de calidad de la fábrica.
    1. Que sea emitido por un laboratorio acreditado en el Perú (Indecopi) u otro laboratorio acreditador en el extranjero que cuente con reconocimiento internacional (ILLAC o IAAC).
    1. Los resultados del análisis deben estar vigentes al momento de tramitar el Registro Sanitario. Si los resultados provienen del extranjero, estos deben ser realizados hasta con un año de anticipación como máximo.
    1. Si los resultados del análisis provienen del laboratorio de la fábrica, estos deben estar avalados por un profesional colegiado y habilitado.
  5. También deben añadirse los resultados del análisis Físico Químico, que de igual manera pueden ser emitidos por el laboratorio de la empresa o por laboratorios acreditados.
  6. Luego, deben añadirse también los resultados del análisis Bromatológico en casos de regímenes especiales. En este caso el análisis debe hacerse solo en laboratorios acreditados en el Perú o en el extranjero.
  7. Si el producto es importado debe añadirse el Certificado de Libre Comercialización o un documento similar al Registro Sanitario del país del que proviene. Puede incluirse en original o copia.

¿Cómo obtener el Registro Sanitario?

Para obtener el Registro Sanitario es necesario acudir a la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), que es una plataforma virtual donde puede iniciarse el proceso. 

Además, desde la misma plataforma es posible darle seguimiento al trámite. Por lo general, todo el proceso toma 7 días hábiles. 

El Registro Sanitario tiene una vigencia de 5 años, así que es necesario actualizarlo luego de ese periodo, sino será imposible seguir vendiendo el producto.

Ahora que ya conoces más sobre cómo solicitar el Registro Sanitario, te invitamos a obtenerlo ya que se trata de un documento fundamental para vender productos alimenticios y bebidas industrializadas.

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